jueves, 1 de noviembre de 2018

Crédito Tributario

Lo primero que se debe tener en cuenta es que, para tener crédito tributario las compras deben ser mayores que las ventas. 

Luego de haber registrado las ventas casillero 401 y 411 con su respectivo IVA en el casillero 421 y las compras casillero 500 y 510 con su respectivo IVA en el casillero 520. El valor que se encuentra en el casillero 520 se lo traslada al casillero 564 y automáticamente en el casillero 602 se calcula el crédito tributario para el próximo mes.
Hay que considerar o verificar si hemos tenidos crédito tributario en el mes anterior, porque si no lo registramos lo perdemos y ya no se puede recuperar.
Si hemos tenido crédito tributario en el mes anterior buscamos el formulario y observamos en el casillero 615 dicho valor y este será trasladado al casillero 605 del nuevo formulario, para luego hacer la respectiva suma y registrarla en el casillero 615.

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